De menores en protección a jóvenes en prisión

La experiencia que tengo en las dos prisiones que tenemos en la isla de Gran Canaria, confirma que los jóvenes extranjeros que están en prisión han sido menores inmigrantes no acompañados acogidos por el sistema de protección.

El joven que nos encontramos en prisión no pertenece solo al perfil de menores de la calle, problemáticos, con conductas desviadas desde su lugar de origen y familiarmente desestructurado. De ahí que nos encontremos en prisión tanto a jóvenes que han estado escolarizados en Marruecos y con una situación familiar estructurada, como a jóvenes que han vivido en la calle tras haber sido abandonados por sus padres. Por lo que la primera conclusión que obtenemos de este perfil es que no llegan a prisión solo aquellos jóvenes que tuvieron una infancia más amarga en Marruecos, sino también aquellos que vivieron en un ambiente familiar y económicamente estable y estuvieron escolarizados. Esta conclusión apunta a la existencia de unos factores de riesgo en el contexto de acogida.

A partir de la triple dimensión de la labor de los centros de acogida (asistencial –necesidades físicas y satisfacción de trato-, educativa –escolarización, tiempo libre,..- y preventiva –información, orientación y apoyo emocional-) se alcanza la conclusión de que las necesidades físicas de los menores están cubiertas, mientras que la satisfacción con el trato no siempre es alta, incluso a veces manifiestan un claro descontento. Distinta es la percepción de la labor educativa realizada por los centros, donde se observa una gran satisfacción al respecto. Es en la labor preventiva donde parece que surgen las mayores quejas referidas a la falta de asesoramiento en cuanto a la renovación de su documentación de extranjería en España. Por tanto, se puede concluir que de las tres dimensiones apuntadas hay dos de ellas, la asistencial y la preventiva, que no tienen una alta consideración, pudiendo ser factores de riesgo a considerar.

Parecen evidentes las dificultades de subsistencia con las que un joven de 18 años recién cumplidos se encuentra en caso de que tenga que independizarse a esa edad. Más difícil aún resulta si está en un país extranjero, con una red social limitada y dificultades para mantener en vigor el permiso de residencia en el país.

Quiero destacar la relevancia que de esta exploración, tiene que ver con la detección de una realidad que puede ser prevenida con adecuadas políticas sociales y legales. Se apunta a una posible obstaculización por parte de la Ley de Extranjería de los procesos de inserción (a los 18 años) y de reinserción (tras su paso por prisión) de estos jóvenes; también se apunta a prácticas inadecuadas en el ámbito de protección que pueden ser mejoradas de cara a la prevención de esta delincuencia.

De ahí surge la necesidad, de la conveniencia de hacer un seguimiento más exhaustivo sobre los menores (extranjeros o no) que pasando por centros de protección acaban en prisión, ya que hay muchas preguntas que aún quedan en el aire como, por ejemplo, cuántos de los extranjeros previamente protegidos acaban en prisión, y cuántos españoles, si se dan factores diferenciales entre los factores de riesgo de los menores no acompañados y el resto de menores, extranjeros o no; qué peso tiene en la predicción de la delincuencia de estos menores las dificultades de renovación de sus permisos de residencia; la diferencia entre jóvenes que accedieron a recursos tras la mayoría de edad y los que no, etc. Especial atención habría que poner a factores personales como el consumo de drogas y trastornos psicológicos, a factores sociales como el desarraigo, relaciones con familias de origen, las barreras legales, etc., y factores de oportunidad como el verse abocados a vivir en la calle tras cumplir la mayoría de edad.

Todo lo anterior apunta a una serie de implicaciones prácticas en el ámbito de protección de menores que tienen que ver con la prevención de una delincuencia futura trabajando de forma específica sobre los factores de riesgo que se detecten. También conlleva la necesidad de prever recursos para estos menores una vez que alcanzan la mayoría de edad.

 

José Antonio Benítez Pineda, cmf

(FOTO: Hasan Almasi)

 

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